Visa de inversionista en Panamá: $300,000 obra nueva, $500,000 reventa
El Decreto 17 mantiene en $300,000 la compra de obra nueva, pero sube el mínimo de reventa a $500,000, con nuevas reglas de fideicomiso para preventas.
Revisado por Gustavo Rodriguez — Especialista en Legal y Contratos, Panama Property Guide. Última revisión .

El Ministerio de Comercio e Industrias de Panamá subió el 16 de septiembre de 2026 el monto mínimo de inversión inmobiliaria para la visa de Residente Permanente en calidad de Inversionista Calificado a $500,000 en propiedades de reventa, y dejó la obra nueva en el umbral existente de $300,000.
El Decreto Ejecutivo No. 17 sustituye al decreto de 2020, que fijaba una sola cifra de $300,000 sin distinguir entre propiedad nueva o previamente vendida.
- Propiedad nueva, nunca ocupada, comprada directamente al promotor: $300,000, sin cambio
- Propiedad de reventa o previamente ocupada: $500,000, antes $300,000
- Valores listados en Panamá a través de una casa de valores con licencia: $500,000, mantenidos cinco años
- Depósito a plazo fijo: $750,000 en un banco privado, o $500,000 en el Banco Nacional de Panamá o la Caja de Ahorros
La norma aparece en la Gaceta Oficial Digital No. 30613, que publicó el decreto firmado por el presidente el 8 de septiembre de 2026. Sustituye al Decreto Ejecutivo No. 722 de 2020, modificado por los decretos No. 109 de 2022 y No. 193 de 2024, y entró en vigor de inmediato con su publicación.
La versión corta
- Compras de obra nueva y preconstrucción: siguen en $300,000
- Reventa y propiedad previamente ocupada: ahora $500,000
- Los compradores de preconstrucción deben respaldar la compra con un fideicomiso o una garantía bancaria que cubra el monto total
- La inversión debe mantenerse cinco años, con comprobación presentada cada año
- Las solicitudes presentadas antes del 16 de septiembre de 2026 conservan las reglas anteriores
Qué cambió
El valor neto que cuenta para cualquiera de los dos umbrales es el menor entre el precio que realmente pagó el comprador y el valor comercial tasado del inmueble, menos cualquier gravamen, según el Artículo 5 del decreto.
La Autoridad Nacional de Administración de Tierras, ANATI, sigue certificando el valor catastral del inmueble. El Ministerio de Comercio e Industrias puede exigir un avalúo independiente cuando las cifras generen dudas, siempre que el tasador no tenga vínculos con el vendedor, el promotor o el banco financiador del comprador.
Los compradores pueden financiar cualquier monto por encima del mínimo exigido, siempre que el financiamiento esté documentado y sea rastreable, y que ningún gravamen resultante haga caer el valor neto computable por debajo del umbral, según el Artículo 5.
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A quién afecta
La división favorece a los promotores y a los compradores de inventario nuevo, frente al mercado de reventa. Una unidad de preconstrucción de $300,000 todavía califica para la residencia. Un apartamento de reventa de $450,000, que calificaba con la regla anterior, ya no lo hace.
El umbral ya generaba confusión antes de que llegara el decreto. Una firma legal y tributaria corrigió públicamente en agosto de 2026 un video de YouTube que anunciaba a los espectadores que el mínimo subiría a $500,000 para todo tipo de propiedad ese octubre, una afirmación que los propios comentarios del video cuestionaron semanas antes de que el Decreto 17 respondiera la pregunta de forma distinta para obra nueva y reventa.
| Con el Decreto 722 (2020-2024) | Con el Decreto 17 (2026) | |
|---|---|---|
| Comprador de obra nueva o preconstrucción | $300,000, sin protección obligatoria para el depósito | $300,000, pero el depósito debe estar en fideicomiso o cubierto por una garantía bancaria renovada cada año |
| Comprador de reventa | $300,000 | $500,000, un aumento del 67% |
| Promotor que vende inventario de primera venta | Competía con la reventa por el mismo grupo de compradores de $300,000 | Acceso exclusivo al nivel de $300,000; los compradores de reventa ahora necesitan 67% más de capital |
| Exposición del promotor si un proyecto se detiene | No se exigía instrumento bancario | Debe emitir una carta de crédito stand-by, un aval bancario o una garantía de cumplimiento si se le paga el 100% por adelantado |
Los compradores de preconstrucción ahora eligen entre fideicomiso o garantía bancaria
El Artículo 7 mantiene la elegibilidad de las compras en preconstrucción en $300,000, pero solo si el dinero del comprador queda protegido de una de dos formas. Los fondos pueden quedar en un fideicomiso administrado por un banco o fiduciaria con licencia en Panamá, que se desembolsa únicamente para cubrir las obligaciones contractuales del vendedor.
O, si el comprador le paga al promotor el monto completo directamente, el promotor debe respaldar ese pago con un instrumento bancario irrevocable (una carta de crédito stand-by, un aval bancario o una garantía de cumplimiento) que cubra la totalidad de lo invertido hasta que la unidad esté construida, segregada e inscrita en el Registro Público. Esa garantía debe renovarse cada año hasta que termine el proyecto.

Los compradores que optan por la garantía bancaria tienen un derecho único de redirigir su inversión a otra modalidad si el promotor incumple la fecha de entrega prometida, dentro de los 180 días hábiles siguientes al vencimiento del plazo. El tiempo apoyado únicamente en un contrato de promesa de compraventa no puede superar los tres años en total, continuos o no, o se cancela el permiso de residencia.
Qué pasa con las solicitudes que ya están en trámite
Los compradores que presentaron su solicitud antes del 16 de septiembre de 2026 conservan las reglas que aplicaban en ese momento, según las disposiciones transitorias del Artículo 19. Las inversiones y contratos de compraventa perfeccionados antes de esa fecha también pueden acogerse al régimen anterior, siempre que la solicitud se presente dentro de los seis meses siguientes.
Los titulares del estatus anterior de Residencia Permanente por Solvencia Económica Propia, o los solicitantes con un caso pendiente bajo esa categoría, tienen 12 meses para convertirse a la categoría de Inversionista Calificado si cumplen con los nuevos montos mínimos, según el Artículo 18. Las inversiones realizadas antes del 15 de octubre de 2020 no califican.
La cifra que cambia hoy
Una compra de reventa de $350,000 que calificaba para la residencia con la regla anterior ya no califica. Ahora se necesitan $500,000 para todo lo que no se venda directamente por el promotor original.
Los inversionistas que completen cualquiera de las dos vías pueden solicitar la ciudadanía panameña por naturalización después de cinco años consecutivos de residencia, según el Artículo 14 del mismo decreto.

David Aguirre
VerificadoPanama Property Guide
16 años de experiencia · responde en ~30 min
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Preguntas frecuentes
¿Cómo se obtiene una visa de inversionista en Panamá?
Se invierten al menos $300,000 en un inmueble nuevo, nunca ocupado, comprado directamente al promotor, o $500,000 en propiedad de reventa, valores listados en Panamá o un depósito bancario, con fondos rastreables provenientes del exterior. El Ministerio de Comercio e Industrias emite la certificación de inversión en 15 días hábiles, y el Servicio Nacional de Migración tiene luego 30 días hábiles para resolver la solicitud de residencia.
¿Cuánto dinero se necesita para inmigrar a Panamá como inversionista?
El mínimo es de $300,000 para una propiedad de obra nueva o preconstrucción comprada directamente al promotor. La propiedad de reventa, los valores listados en Panamá y otras vías que no son inmobiliarias requieren $500,000. Un depósito bancario a plazo fijo requiere $750,000 en un banco privado, o $500,000 en el Banco Nacional o la Caja de Ahorros.
¿Cuáles son los requisitos de la residencia por inversión en Panamá?
Los solicitantes necesitan fondos de origen extranjero y rastreables, mantener el monto mínimo durante cinco años, y presentar comprobación anual ante el Ministerio de Comercio e Industrias. Los pagos incluyen $5,000 al Tesoro Nacional y un depósito de repatriación de $5,000 para el solicitante principal, más $1,000 por cada dependiente.
¿Qué documentos se necesitan para el programa de Inversionista Calificado?
Los compradores necesitan certificación bancaria de que los fondos vinieron del exterior, prueba de que la inversión se pagó y no se recibió como regalo, y certificación del Registro Público sobre si la propiedad es de primera venta o de reventa. Los compradores de preconstrucción también necesitan un contrato de fideicomiso o la garantía bancaria que exige el Artículo 7.
Fuentes
- Decreto Ejecutivo No. 17 de 8 de septiembre de 2026, leído en su totalidad (15 páginas) — Gaceta Oficial Digital No. 30613, Gaceta Oficial de Panamá, 17 de septiembre de 2026
- Decreto Ejecutivo No. 722 de 15 de octubre de 2020 — Gaceta Oficial de Panamá, 17 de septiembre de 2026
- Decreto Ejecutivo No. 109 de 13 de octubre de 2022 y No. 193 de 15 de octubre de 2024 — Gaceta Oficial de Panamá, 17 de septiembre de 2026
- Página del programa Inversionista Calificado (aún no actualizada con el Decreto 17 al momento de la consulta) — Ministerio de Comercio e Industrias (MICI), 17 de septiembre de 2026
- Hilo de comentarios en "Panama Residency by Investment: Last Chance Before the Price Increases" — YouTube, 17 de septiembre de 2026
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Sobre el autor

Esia Thompson
Redactora, Mercado y Tendencias
Esia Thompson es redactora inmobiliaria con cinco años de experiencia cubriendo el mercado de propiedades de Panamá, su evolución económica y las tendencias de estilo de vida que van surgiendo. Convierte la investigación de mercado y el conocimiento del sector en contenido accesible que ayuda al lector a decidir con criterio sobre vivir, comprar e invertir en Panamá. Trabaja desde documentos primarios y cita la fuente y la fecha de cada cifra que publica.
Sobre el revisor

Gustavo Rodriguez
Especialista en Legal y Contratos · Panama Property Guide
Gustavo Rodriguez tiene seis años de experiencia en los aspectos legales y contractuales del sector inmobiliario panameño. Sus áreas de enfoque son las transacciones de propiedad, los contratos, la debida diligencia, las estructuras de titularidad y los requisitos regulatorios. Ayuda al lector a entender mejor las consideraciones legales de comprar e invertir en Panamá.
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